Opinión | Tribuna

Una nueva directiva para luchar contra la violencia machista

El pasado 24 de abril se aprobó la Directiva del Parlamento europeo y del Consejo sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres y violencia doméstica. La norma europea reconoce la desproporción existente entre la violencia que sufren las mujeres y las violencias que pueden sufrir los hombres o cualquier otro miembro del ámbito familiar; se parte, por tanto, de la certeza de que todavía existe en nuestra sociedad un modelo arraigado históricamente de violencia y desprecio por las mujeres y niñas.

Bienvenida sea esta norma europea que, por su naturaleza jurídica, va a impedir a los países de la Unión ir por debajo de unos estándares de calidad normativa, unos compromisos políticos y financieros destinados a lograr transformaciones sistémicas o estructurales necesarias para conseguir la igualdad, porque la Unión ha entendido bien que estamos ante un modelo económico, productivo y de cuidados basado en cuestiones de ‘género’ y esta diana es la que hay que apuntar para lograr la igualdad entre las mujeres y los hombres. A tal fin, la directiva, al igual que la ley de Violencia de Género española, limita la libertad en favor de la igualdad, tomando decisiones tales como restricciones en materia de publicidad, comunicación, libertad de expresión, libertad para decidir determinadas cuestiones en la empresa, o para regular por el legislador ciertas políticas. Para ser más didácticos pongamos un ejemplo de cosas que son cuestionables a partir de ahora.

Recientemente hemos conocido por la prensa la voluntad de registrarse una federación en favor de los hombres maltratados. A priori, limitar el derecho fundamental de asociación (art.22 Constitución) no me parece posible viendo los objetivos registrados por la iniciativa. Será luego en el ejercicio de estos fines donde podremos comprobar si son compatibles con esta nueva directiva, cuyos objetivos son claros, cuando afirman «que las partes deberán adoptar las medidas legislativas necesarias para promover y proteger el derecho de todos, en particular de las mujeres, a vivir a salvo de la violencia tanto en el ámbito público como en el privado» y, añade, que «la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica socava los derechos de las mujeres y las niñas a la igualdad en todos los ámbitos de la vida y dificulta su participación social y profesional equitativa».

En mi opinión, la creación de estas asociaciones, principalmente, genera una confusión real por presentar ante la sociedad a los hombres como víctimas de la violencia de las mujeres y del sistema administrativo y judicial que les protege a éstas de la violencia machista. Nadie duda de que pueda haber hombres abusados y a tal fin tienen el sistema de garantías procesal y judicial para tutelar sus derechos, pero sí es dudoso que nuestra sociedad responda a un modelo de poder establecido donde las mujeres utilicen la violencia para someter a los hombres. Este modelo estructural de poder es el objetivo de la directiva, por ello allí se obliga al Estado a entablar acciones positivas de cambios estructurales para transformar la realidad. Para entender esto puede ser útil salir del ejemplo de las mujeres y el género: debemos saber que el hecho de que existan especialidades en favor de personas menores, ancianas o con discapacidad, no niega sus derechos a las personas mayores de edad o con plena capacidad, simplemente dichos colectivos vulnerables en nuestra sociedad históricamente no han tenido sitio como sujeto de derechos, no han tenido importancia pública. A partir de esta premisa, se entiende como razonable que reciban un trato especializado y de apoyo adicional, con el fin de que puedan ejercer los derechos que nunca han tenido y para que la sociedad sepa que estas personas también tienen su sitio y para ello hay que remover obstáculos que impiden de verdad tal posición.

En este sentido, en mi reflexión no entro a valorar si la constitución de estas asociaciones contraviene o no los objetivos de la directiva (y las leyes españolas), pero sí considero que sociológicamente tendría un efecto nefasto al enviar a la sociedad un mensaje ficticio e incompatible con las bases de nuestra cultura, todavía llena de sesgos discriminatorios y violentos hacia la mujer, y sobre los que la directiva pretende actuar y combatir. Ni la judicatura, ni los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, ni los servicios sociales, ni la Administración en cualquiera de sus facetas (ejecutiva, legislativa o judicial), ni la sociedad en general, podrían entender un mensaje tan contradictorio como el que se pretende con tal creación. Serán sus acciones en la práctica las que se constituirán o no como contrarias al orden público, cuya defensa viene encomendada a los órganos del Estado. Permitir, por ejemplo, actuar como acción popular a una asociación de esta naturaleza, complicaría más si cabe la obligación de remover los obstáculos que impiden la igualdad (art.14 y 9.2 CE) dentro de un proceso penal, porque al sistema judicial ya le cuesta reconocer la realidad de las mujeres violentadas o violadas, le es complejo percibir estereotipos y, con dificultades, se van logrando cambios de comportamiento en la sociedad.

Sólo el tiempo nos dirá el resultado del presente pulso y corresponde a la judicatura indicar cuáles son las obligaciones de las Administraciones públicas, cuál es el alcance de sus facultades discrecionales. Y esto no solo está ocurriendo en materia de género, sino también en el ámbito medioambiental como recientemente ha recordado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la Sentencia de 9 de abril 2024 (Caso Klimaseniorinnen vs Suiza), donde se condena al estado federal suizo porque, reconociendo sus esfuerzos, los considera «pobres» y «poco ambiciosos», de acuerdo con las normas internacionales y porque alimenta, en última instancia, el negacionismo del cambio climático.

Nos encontramos ante un momento de transición, es lógico que haya contradicciones, avances y retrocesos. Como dice Innerarity, la libertad solo es libertad si es democrática y para ello la igualdad es un límite a la libertad y le corresponde al Estado actuar para no ser corresponsable y así lograr compaginar armónicamente ambos derechos fundamentales.