El empresario de Sagunt del cártel del fuego admite que defraudó a Hacienda y esquiva la cárcel con el pago de 649.800 € de multa

El Juzgado de lo Penal 4 absuelve al exconcejal de Quartell Emilio Máñez y cuatro acusados más 

Sede de la empresa Avialsa en Paterna, el día que fue registrada por la UDEF, en el marco de la operación Hispaniolus (castellano, en latín).

Sede de la empresa Avialsa en Paterna, el día que fue registrada por la UDEF, en el marco de la operación Hispaniolus (castellano, en latín). / Germán Caballero

El empresario de Sagunt y propietario de Avialsa, Vicente Huerta, procesado desde 2015 por el caso del cártel del fuego, por el que será juzgado junto al exconseller de Gobernación, Serafín Castellano, ha admitido que defraudó a Hacienda de 2009 a 2014 (excepto 2013) a través de varias de sus empresas y en el IRPF. Una confesión que le permite esquivar la cárcel aunque a cambio de abonar una multa de alrededor de 649.800 euros, según consta en la sentencia del Juzgado de lo Penal 4 de València, notificada a las partes a la que ha tenido acceso Levante-EMV.

Huerta estaba acusado junto a cinco personas más en esta pieza separada del caso Avialsa (que se juzgará previsiblemente el próximo año en la Audiencia Nacional) abierta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Sagunt. Los otros cinco acusados, colaboradores de las empresas de Huerta entre los que se encontraba el exteniente alcalde de Quartell, Emilio Máñez, han resultado absueltos. Los cinco estaban acusados como cooperadores necesarios de los seis delitos contra la Hacienda Pública de los que se acusaba a las empresas que formaban parte del Holding Avialsa

El magistrado considera que sobre estos cinco colaboradores de Vicente Huerta «no ha quedado vencida la presunción de inocencia que [les] amparaba» y como «sólo acusa la acusación particular [la Abogacía del Estado] en concepto de cooperadores necesarios del delito, algo que Huerta negó fuesen en el plenario», el titular del Juzgado de lo Penal 4 decide finalmente absolverlos. 

El empresario asume así toda la responsabilidad del fraude en el impuesto de sociedades de tres de sus mercantiles de 2009 a 2012 y en su impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) de 2011, 2012 y 2014 para intentar pagar menos impuestos. La mecánica consistía en atribuir a las empresas gastos personales del propio empresario. Aunque también utilizaba la «Fundación Medioambiental Huerta Comunidad Valenciana» creada en 2003 para «laa defensa y protección medioambiental, la conservación y protección del patrimonio natural, el desarrollo sostenible, la educación y formación medioambiental y la realización de actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica en relación con le medio ambiente». 

La sentencia considera como hecho probado que «la Fundación no ha servido a sus objetivos fundacionales, y ha sido utilizada, dado su régimen tributario especial, para aprovecharse de las ventajas fiscales de dicho régimen, tanto por la propia Fundación, como por las personas físicas y diferentes sociedades pertenecientes al grupo que han efectuado aportaciones, para la obtención de deducciones irregulares».

Estos hechos comenzaron a investigarse en 2014 a partir de «una denuncia anónima que describía la operativa fiscal ideada por el acusado para minorar su factura fiscal de forma ilegal». La Agencia Tributaria inició «actuaciones de comprobación» que permitieron confirmar que el empresario Vicente Huerta admitió parte del fraude. Posteriormente, añade la sentencia, «la investigación judicial ha puesto de manifiesto otros gastos particulares del acusado que, enmascarados como gastos sociales deducibles, no se incluyeron deliberadamente en el IRPF, ni fueron reconocidos voluntariamente por el acusado en el procedimiento de inspección tributaria». En total abonó 285.369,46 euros. Cantidad a la que ahora deberá sumar otros 649.800 euros de multa que también le permiten esquivar la cárcel al haber alcanzado una conformidad. Aunque, advierte la sentencia del Juzgado de lo Penal 4, "la suspensión de cada una de las penas debe quedar condicionada al pago de una multa de 120 días, a razón de 15 € por día-multa, por cada uno de los delitos cuya pena privativa de libertad es objeto de suspensión".

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