tribuna

La nueva normativa de la acampada y el vivac en la C. Valenciana

Carlos Ferris

La Generalitat Valenciana aprobó el Reglamento Forestal que deroga decretos sobre acampadas, senderos y eventos deportivos en el medio natural. Desde la FEMECV hemos reclamado en estos últimos años una profunda revisión de estas normativas que vienen de los años 90. Hemos hecho alegaciones a esta nueva normativa de vital importancia para nuestra práctica deportiva en la naturaleza que venimos desarrollando desde hace más de 70 años.

Hay que resaltar la norma sobre la acampada y vivac en los montes valencianos. Desde Generalitat se establece que las llamadas «travesías de montaña» son ahora acampadas itinerantes, pero cuando vemos las condiciones, aparecen una serie de incoherencias sobre la normativa y la realidad. Se establece que no podrán superar un máximo de 9 personas y 3 tiendas y que se deberá respetar el derecho de propiedad del terreno donde se acampa. Esto supone un gran desconocimiento de los grupos que hacen travesías de montaña por nuestros senderos de gran recorrido GR, donde limitar a 9 personas es excesivo para un club de montaña o grupo scout, y el hecho de tener que pedir permiso en cada lugar generará otro problema de difícil solución.

Si quisiéramos hacer parte de los 500 km del GR7 europeo, sería imposible cumplir la norma, ya que no hay más de 4 zonas de acampada públicas en todo el sendero. Imposible, por tanto, estar en zona autorizada cada noche. No se nos deja pasar la noche en instalaciones recreativas en travesía, se pide el permiso de los propietarios siendo algunos de ellos de difícil localización, no hay casi cobertura para llamadas emergencias en zonas forestales, ... En otras comunidades autónomas, la travesía está regulada de forma más sencilla y dotas por el Gobierno de zonas habilitadas a lo largo de los principales senderos que permiten pasar la noche de fortuna para seguir la ruta al día siguiente al amanecer.

En relación con el vivac, vemos una falta de conocimiento de quien lo practica, ya que en el mundo montañero se recurre a ella en casos de emergencia, pérdida o accidentes imprevistos en un 95 % de las ocasiones. Muy pocos montañeros tienen la previsión de hacer vivac en sus travesías y, en ocasiones, no saben realmente dónde lo van a hacer. Pero si el vivac se usa ante una situación de emergencia, cómo es posible que desde la Generalitat se pida una declaración responsable previa de dónde vamos a hacer vivac y qué día. Imaginen que salimos por un sendero GR y se pide que informemos donde vamos a vivaquear, y que tengamos el permiso del propietario y que en el momento de llegar la noche, porque hemos tenido un retraso o un problema, debemos enviar (sin cobertura de móvil en muchos casos) una declaración responsable a la Conselleria de Medio Ambiente, y además debemos hacerlo con el visto bueno del propietario.

Creo que este ejemplo expresa que nuestro colectivo no va a poder cumplir la normativa y que seguiremos realizando las travesías, montando la tienda pequeña o la funda del saco al anochecer y saliendo de nuevo al amanecer de ruta, como llevamos haciendo desde décadas en la Comunitat Valenciana. La Generalitat debe tomar ejemplo de cómo se regulan el vivac y las travesías en Aragón, Cataluña y otros países de Europa. Si el legislador y el que gobierna no conocen realmente las actividades que regulan, esto puede suponer aprobar normativas incoherentes o que van a crear insatisfacción en una parte de la sociedad que disfruta de la montaña con su propio esfuerzo físico y problemas en el futuro.

Desde la FEMECV seguiremos pidiendo que la Conselleria de Medio Ambiente vea el montañismo como un recurso beneficioso para las zonas rurales y no como un problema. Otras regiones invierten en las zonas rurales en equipamientos en la montaña como refugios, senderos y zonas de escalada, como un recurso deportivo adecuado en un mundo rural. Esperamos que haya sentido común y se escuche más a un colectivo que quiere disfrutar de la naturaleza sin normas incoherentes y de difícil cumplimiento.