Una sentencia obliga a anular procesos de consolidación de plazas de interinos en la diputación

El fallo judicial suspende las bases de la estabilización por dar más puntos a la experiencia en la institución y tendrá que rehacerlas

El fallo deja en el aire la situación de un centenar de temporales y el secretario general recomienda anular algunos procesos en marcha

Sede de la Diputación de Valencia

Sede de la Diputación de Valencia / Miguel Angel Montesinos

José Luis García Nieves

José Luis García Nieves

Una sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 8 de València va a provocar un trastorno importante en la Diputación de Valencia desde el punto de vista laboral. De hecho, va a obligar a cambiar algunas reglas del juego y a suspender varios procesos de estabilización del personal laboral interino de la corporación que ya estaban en marcha, dentro del objetivo general para reducir la temporalidad que había emprendido esta institución.

El fallo judicial, emitido el pasado 6 de marzo y al que ha tenido acceso este diario, estima parcialmente el recurso de un afectado (funcionario de carrera de la Generalitat, un técnico A1) contra las bases generales de los procesos de estabilización de los interinos de la diputación correspondiente al periodo 2022-24, en las categorías A1, A2 y C1. En concreto, la sentencia anula las valoraciones de la experiencia profesional (la puntuación por cada mes de trabajo). Esa base 9.1 otorga una valoración mayor al desempeño profesional de los interinos en la diputación respecto a los de otras administraciones: 0,45 puntos por mes frente a 0,10.

El fallo anula esta parte de las bases por ser contrarias a los derechos de igualdad y al derecho a acceder en condiciones de igualdad a la función pública. La sentencia se apoya en otro fallo similar del TSJ, de diciembre pasado, que anuló el proceso de estabilización del Ayuntamiento de València por el mismo caso: una diferenciación no justificada en la valoración de la experiencia dependiendo de dónde se hubiera adquirido, dando mayor puntuación a los servicios prestados en el ayuntamiento que convoca que a los prestados en otra administración pública. El Tribunal Supremo se ha pronunciado en el mismo sentido respecto a un proceso de la Diputación de Málaga.

La cuestión ahora es qué impacto va a tener este fallo. Y es que la corporación está lanzando procesos de estabilización para reducir su temporalidad, en una plantilla con un centenar de interinos. Estas bases fueron elaborados la pasada legislatura, pero la sentencia llega con el nuevo equipo de gobierno. Se espera que en las próximas horas se celebre una reunión con los sindicatos para abordar el escenario que deja esta sentencia. 

Cambiar las bases

Mientras tanto, el Secretario General de la diputación ya ha emitido un informe para abordar qué hacer tras la sentencia. Lo primero es aprobar «unas nuevas bases que se ajusten a Derecho», señala. La segunda cuestión se refiere al resto de convocatorias de estabilización donde se aplican las mismas bases. A la que se refiere el fallo, obviamente, queda anulada. Ahora mismo, hay diferentes casuísticas. Hay personal que ya ha superado el proceso y tomado posesión; hay procesos finalizados, con los escogidos a la espera de la firma de su nombramiento como funcionario o el anuncio de la adjudicación de plazas. Y, por último, hay procesos en trámite de la aprobación de admitidos o del nombramiento del tribunal.

Dos escenarios

¿Qué hacer? El secretario concluye que se deberán anular los procesos que se encuentren en el trámite de aprobación de la relación provisional de admitidos o previo a la decisión del tribunal calificador. En cambio, los procesos donde ya se esté en el trámite de propuesta por el tribunal o ya el trámite de nombramiento por resolución del presidente, se deberá mantener los actos administrativos.

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