Insultar por su identidad de género a una persona transexual en las redes sociales es una infracción leve que acarrea sanciones de entre 200 y 3.000 euros. Así lo recoge la Ley integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la C. Valenciana -conocida como «ley trans»- que entra hoy en vigor e incluye la misma sanción por insultos en público a personas transexuales así como «a sus familiares, allegados o pareja».

Como sanciones «graves» -de 3.001 a 20.000 euros- se entienden los insultos reiterados, la incitación a la violencia, la discriminación laboral o la difusión de libros de texto «que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su identidad de género».

Como sanciones «muy graves» -con multas de entre 20.001 y 45.000 euros- la ley detalla los «comportamientos agresivos y constitutivos de acoso», cualquier represalia tras una queja o denuncia, así como la negativa de atender o asistir a quien haya sufrido discriminación. A esto, además, se le puede sumar la «prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública por un período de hasta 3 años» o de contratar con la Generalitat.

Así, el Consell pretende «blindar» a un colectivo maltratado por sentir un género «que se puede corresponder o no con el sexo asignado en el nacimiento». Además, se prohíben las terapias «de aversión, conversión o contracondicionamiento destinadas a modificar la identidad de las personas trans».