La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la multa de 50 euros que deberá pagar un hombre que abofeteó a su expareja tras verla con otro hombre en un centro comercial.

La juez del juzgado de lo Penal número 1 de Castellón consideró probado que el imputado, el 1 de enero de 2012, se entrevistó con su expareja en el centro comercial La Salera de Castellón y al ver que esta acudió con su nueva pareja "sintió celos" y "le dio un bofetón en la cara".

La mujer, que no sufrió lesiones y no reclama por los hechos, pidió entonces al hombre que se tranquilizara y le acompañó al aparcamiento donde éste le dio "un empujón en la cara con la mano abierta".

El juzgado de lo Penal número 1 de Castellón absolvió al hombre de los delitos de violencia de género de los que se le acusaban y se le condenó a una multa de 50 euros por dos faltas de lesiones.

La Fiscalía interpuso un recurso solicitando que se condenara al hombre por un delito de violencia de género argumentando que el procesado expresó "machismo" con su acción porque los "celos" que motivaron la bofetada "son un acto de posesión sobre la otra persona", pese a tratarse de un hecho aislado.

El magistrado de la Sección Segunda que ha resuelto el recurso afirma que no puede prosperar, ya que el hecho de que el hombre diera una bofetada a su expareja "no es patrimonio propio de la mentalidad machista".

La reacción del hombre, dice el magistrado, no estuvo motivada por "una pretendida posesión sobre la otra persona", y además el hombre no expresó "una oposición a la nueva relación de su expareja". Por ello, el magistrado comparte la argumentación de la primera instancia que dice que el suceso "se aparta del estereotipo machista".

De este modo, la Sección Segunda rechaza el recurso presentado por la Fiscalía, confirma la multa de 50 euros y absuelve al acusado del delito de violencia de género.