La sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña ha tenido sus repercusiones tangenciales en la Comunitat Valenciana, al haber rechazado recursos del PP similares a los planteados por la Generalitat en las cuestiones hídricas, el archivo de la Corona de Aragón y en parte sobre la financiación autonómica. Y la reacción del Consell ha sido esgrimir de nuevo la hipotética aplicación de la denominada cláusula Camps para igualarse a las competencias que alcancen otras comunidades autónomas —en este caso, Cataluña— por encima de las establecidas en el Estatuto valenciano. La Generalitat estudia la posibilidad de abordar reformas en la financiación y en el control sobre los recursos hídricos, lo que representaría una contradicción con su posición política tradicional de que éste es un asunto que debe estar sólo bajo el control de la Administración del Estado. Sin embargo, no se plantea aumentar el techo en las cuestiones lingüísticas que el Constitucional ha reconocido a Cataluña.

El Consell evidencia la parcialidad y discrecionalidad a la que queda sujeta la famosa cláusula Camps. Su aplicación depende así de los intereses del partido gobernante de turno, pero no del derecho real a igualar los techos competenciales. Lo que se agrava aún más con el hecho de que su activación no ofrece ninguna garantía jurídica, puesto que carece de fuerza legal. A la hora de la verdad, parece que aquella defensa del autonomismo que también secundó el PSPV queda reducida a un brindis al sol.