El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso de la Fundación Ramon Muntaner contra el cierre provisional de los repetidores de TV3 en Llosa de Ranes y Alginet, ambos en Valencia, y la multa de 100.000 euros impuesta a su titular.

Según el auto del 8 de febrero, la sala de lo contencioso administrativo declara ajustada a derecho la decisión adoptada en 2008 por la Secretaría Autonómica de Relaciones con el Estado y Comunicación, aunque con el voto particular y contrario de dos de los magistrados, que en su argumentación avalan las emisiones. Desde Acció Cultural del País Valencià (ACPV) anunciaron que acudirán al Tribunal Supremo, donde ya se estudia otro recurso sobre el repetidor de la Carrasqueta.

Esta sentencia es para ACPV lo que en terminología futbolística se llamaría una dulce derrota, puesto que es la primera vez que un magistrado del TSJCV, en este caso dos de tres, avalan las emisiones de TV3 en la C. Valenciana

El tribunal de la sección primera de la sala recuerda que "el objeto de discusión no es si -la propietaria de los repetidores- tiene o deja de tener derecho a un título habilitante para ocupar espectro radioeléctrico", sino el hecho de que se esté "reemitiendo la señal del televisión de otra comunidad". En este sentido, el auto incide en que las emisiones de la televisión pública catalana se estaban realizando sin concesión administrativa.

Por el contrario, dos de los magistrados que integran el tribunal -Carlos Altarriba y Estrella Blanes- emitieron un voto particular en el que advierten de que el auto "no distingue entre los servicios de emisiones y los de transporte de la señal", de modo que "castiga unos hechos que no están tipificados". La propietaria del repetidor, la fundación, no realiza ningún tipo de emisión ni es operador de televisión, sino que transporta la señal al territorio valenciano, aclaran. Este es el mismo argumento que utilizó la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones para recordar a la Generalitat que las competencias sobre los repetidores son estatales. Además, los dos jueces estiman que la sanción impuesta por la sección primera es "arbitraria y desproporcionada". Asimismo inciden en que la fundación "no tiene ánimo de lucro y no causa perjuicios a otras televisiones".

Por su parte, la plataforma Sense Senyal desplegó una pancarta gigante en la "mascletà" de ayer para protestar por el cierre de TV3.