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La petición de concierto escolar del colegio privado María de Iciar de Riba-roja de Túria ha vuelto a ser denegada por la Conselleria de Educación, según la resolución dada a conocer ayer. La falta de documentación que acredite a sus propietarios estar al corriente de sus obligaciones tributarias es el motivo aducido por el departamento autonómico.

Ésta no es la primera vez que el María de Iciar pierde el concierto. En el año 2000 y por las mismas razones dejaron de percibir la subvención, aunque ahora los titulares del centro son los descendentes de los antiguos propietarios y con diferente sociedad limitada: anteriormente era Gabival 2001 y ahora, Tradición Educativa Valenciana.

La resolución, firmada por el conseller de Educación, Alejandro Font de Mora, en concreto "declara decaída en su derecho a suscribir el documento administrativo de formalización de concierto educativo el centro de Educación Infantil, Primaria y Secundaria María de Iciar".

Aunque, el colegio había solicitado el concierto para todos sus niveles y para el actual curso, inicialmente la conselleria resuelve en julio de 2009 la subvención para una unidad de Infantil, "desestimando las demás de distintas etapas" señala el texto publicado ayer el en diario oficial.

Tras requerirle en verano a los dueños los informes necesarios para solicitar el acceso al régimen de convenio o concierto económico, el colegio envía unos papeles el 30 de septiembre pasado. Pero, para la firma es "imprescindible haber presentado documentación acreditativa de que la titularidad del centro, Tradición Educativa Valenciana SL, se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social" según establece una orden de 2008. Sin embargo, "dicha documentación no se ha presentado" por lo que "no podrán firmar el correspondiente documento administrativo" les advierte de oficio la conselleria.

A fecha de 15 de enero de 2010, la titularidad no había procedido a remitir la documentación acreditativa de encontrase al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por lo que se le comunica al colegio que "procede la pérdida de su derecho a la firma" del convenio, aunque se le dio diez días de plazo para alegar. En su escrito, indican que Educación no les indicó los papeles que debían subsanar, aunque el departamento autonómico asegura que queda acreditado el requerimiento, siempre según la resolución.Los afectados pueden recurrir y en paralelo, puede volver a iniciar nuevo expediente.